Coronavirus: periodo de cuarentena ¿Baja por enfermedad común?

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Coronavirus

En los últimos días hemos recibido mucha información sobre el coronavirus, pero seguro que siguen surgiendo muchas dudas al respecto. Por ejemplo, ¿sabes cómo se considera a nivel laboral el periodo de cuarentena? Te lo contamos.

La Seguridad Social ha establecido que el tiempo durante el que los trabajadores se encuentren en aislamiento preventivo forzoso hasta saber si tienen el coronavirus se considera como baja por enfermedad común.

Durante este tiempo, de acuerdo con la recomendación, «los trabajadores no están afectados, en sentido estricto, por un accidente o por una enfermedad», pero «deben estar vigilados y recibir la correspondiente asistencia sanitaria» para diagnosticar su estado, por lo que «están impedidos para el trabajo por obvias razones».

Este es el mismo criterio que se siguió con la Gripe A y busca «garantizar la protección de los trabajadores durante tales periodos de aislamiento”.

¿Y esto qué supone?

En un periodo de incapacidad temporal por enfermedad común, salvo mejora del convenio colectivo aplicable, se cobra a partir del cuarto día. Del cuarto hasta el decimoquinto de baja, ambos incluidos, el abono de corresponde al empresario y desde el día 16 en adelante, a la Seguridad Social.

Hasta la publicación de esta recomendación, el periodo de observación por enfermedad común, como es el caso del coronavirus, no se consideraba motivo de baja.

Ya lo sabes, si te encuentras en aislamiento preventivo por posible coronavirus, tu situación laboral se debe considerar como baja por enfermedad común. Consúltanos cualquier duda al respecto.

Asesoría Soria