Subvención destinada al sector turístico para hacer frente a la crisis ocasionada por el COVID-19. Castilla y León

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Sector Turístico

Desde mañana, viernes 12 de junio de 2020, se puede solicitar la Subvención destinada al sector turístico de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.

Comprueba si cumples los requisitos.

BENEFICIARIOS:

Empresas del sector turístico establecidas en la Comunidad de Castilla y León titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, turismo rural, camping, albergue en régimen turístico, restaurante, salón de banquetes, titulares de actividades de turismo activo, de agencia de viajes o guías de turismo, siempre que el establecimiento se encuentre inscrito en el Registro de Turismo de Castilla y León, con anterioridad al 15 de marzo de 2020. El número de trabajadores por cuenta ajena de las empresas turísticas y comunidades de bienes no podrá ser superior a cinco.

OBJETO Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

Se financian los siguientes gastos de las empresas turísticas de Castilla y León que hayan sido devengados y pagados desde el 1 de enero de 2020 hasta el momento en que se presente la solicitud:

– Suministros de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones

– Mantenimiento de instalaciones y maquinaria

– Alquiler de locales o hipoteca de los establecimientos donde se desarrolla la actividad. El gasto subvencionable de las hipotecas no podrá superar el 25% del gasto total subvencionable

– Seguros

– Cuota de asociación del sector

– Gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el COVID-19

– Mantenimiento de programas informáticos, garantías, seguros y cañones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, alojamiento web, registro , renovación y gestión de dominios

Quedán excluídos de gastos subvencionables:

– Gastos de personal

– Gastos de suministros de materiales propios de su actividad

La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados, los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 500€ ni superior a 2.000€.

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo de solicitud es desde el 12 de junio de 2020 hasta el 8 de agosto de 2020.

A TENER EN CUENTA:

– Se presentará una solicitud por cada establecimiento, actividad turística o guía oficial de turismo

– Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad

– El proceso seguido será de concesión directa. La selección del beneficiario se realizará por orden de presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo.

¿Eres una empresa del sector turístico y crees que puedes acogerte a esta subvención? No dudes en contactar con nosotros y nos encargamos de la tramitación.

Asesoría Soria