Mantenerse informado siempre es importante, más aún si se trata de las obligaciones que mantenemos con organismos oficiales. Existe la posibilidad de recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria en tu móvil o correo electrónico, te lo contamos.
Personas físicas
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden recibir avisos de las notificaciones emitidas por la Agencia Tributaria las personas que lo deseen, comunicando un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico.
El aviso no tiene la consideración de notificación, por lo que la no recepción del mismo no impedirá la plena validez de la notificación.
En el supuesto de que, por motivos técnicos, no sea posible realizar el aviso, ello no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
Para acceder a este servicio voluntario es necesario disponer de Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico o del número de referencia (obtenido a través del Servicio RENØ).
El texto del aviso es el siguiente:
“La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida al NIF XXX”
Por motivos de seguridad, solo se mostrarán algunos dígitos del NIF.
Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica
Los obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de acuerdo con la Ley 39/2015, recibirán un aviso de la existencia de una notificación pendiente en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), siempre que hayan comunicado una dirección de correo electrónico.
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Asesoría Soria